Desvincularse de la franquicia y seguir con tu negocio

Desvincularse de la franquicia
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En ocasiones, el empresario franquiciado que no obtiene la tasa de éxito esperado. Se encuentra asfixiado por las deudas y las obligaciones impuestas por la Franquicia, por lo que debe tomar la decisión de desvincularse de ella de forma anticipada antes de que el contrato llegue a su fecha de finalización.

Este artículo hace una breve presentación de los distintos escenarios en los que seguir con el negocio o actividad que se ha estado desarrollado como franquiciado es la única fórmula para no seguir generando pérdidas o para recuperarse de la situación de quiebra en la que se encuentra y cuando la opción de que la propia empresa matriz no esté interesada en recomprar o traspasar el negocio del franquiciado.

Pues bien, una vez tomada la decisión de instar la resolución del contrato que unía a las partes (ya sea de forma unilateral o de mutuo acuerdo) y comunicarla a la Franquicia, han de buscarse las fórmulas más adecuadas para gestionar el fin de la relación contractual.

Obligaciones post contractuales tras desvincularse de la franquicia: la cláusula de no competencia

El primer lugar, deberá analizarse rigurosamente el contrato de franquicia que se firmó en su día por cuanto a la cláusula de no competencia se refiere. Según esta obligación, el franquiciado se obliga a no ejercer actividades que pudieran entrar en competencia con las actividades del negocio de la franquicia. Es decir, es un pacto que se incorpora en relación a la obligación post contractual.

Las Franquicias lo incluyen en sus contratos con la finalidad de evitar que, una vez terminada la relación, el franquiciado pueda seguir beneficiándose de los conocimientos know how, de la clientela o del renombre e imagen proporcionados por la Franquicia.

Dicho esto, a continuación, se detallan varias cuestiones que deberán valorarse a la hora de resolver la relación mercantil (y por ende contractual) con una franquicia para evitar infringir el pacto de no competencia y las penalidades que dicha infracción pudiera conllevar.

¿Qué ocurre cuando la empresa franquiciadora carece de un verdadero know how? ¿Y si la prestación de servicios a la que se obligó el franquiciado es una actividad genérica que no reviste requisitos particulares o excepcionales para su prestación? Este pacto de “no competencia”, ¿durante cuánto tiempo es de aplicación?

Desarrollar una actividad diferente, aunque relacionada

La actividad podría resultar idéntica o parcialmente coincidente a la que era objeto de utilización por el ex franquiciado. Es claro que en una franquicia donde se prestan servicios de peluquería, de fisioterapia, o incluso de arreglo de calzado, estamos en presencia de algo genérico al que corresponde su propio código IAE de las Actividades Empresariales.

En estos tres supuestos, hay un aprendizaje y una especialización que se logra no a través de la entrada en la franquicia sino poseyendo unos determinados conocimientos como profesional o graduado en ese campo o materia y donde, sobre todo, es que no existe know how alguno que proteger.

Cambio de ubicación del negocio

Intentar, en la medida de lo posible, cambiar de ubicación, podría ser una medida para dar continuidad al negocio ya desvinculado de la franquicia inicial que lo acogía, toda vez que la cláusula que impide la competencia no debería extenderse más allá del territorio de exclusividad inicialmente asignado al franquiciado.

En todo caso, la duración de la cláusula, con independencia de lo que figure en el contrato de franquicia, deberá limitarse a un periodo de un año tras la expiración del contrato.

Eliminación de la marca de franquicia

Deshacerse de emblemas y signos distintivos que pudieran ser asociados por terceros al negocio anterior, es fundamental para evitar cualquier tipo de responsabilidad postcontractual.

Establecer qué posición ostenta el franquiciado en el nuevo negocio

Si actúa directamente, a través de terceros que le representan, o bien si es socio mayoritario o socio minoritario en el nuevo negocio, toda vez que las obligaciones derivadas de un contrato solo vinculan a las partes firmantes e impedir que tanto el franquiciado como sus allegados, familiares, directos o indirectos, realicen actividades que puedan entrar dentro del campo de actividad de la franquicia podría considerarse desproporcionado.

Asesoramiento para franquicias

Así pues, desvincularse de una franquicia es un proceso complejo y gravoso, en el que el ex franquiciado está sujeto a tensiones y ciertas coacciones, por eso es conveniente contar con el apoyo de un abogado de franquicia especializado. Además, existen una serie de obligaciones del franquiciador que se deben conocer para una buena defensa.

El despacho de abogados Peña Ochoa & Granados puede proporcionarle un asesoramiento especializado e incluso representarle en las negociaciones y conversaciones que se mantengan con la empresa Franquiciadora, de forma que, en adelante, el franquiciado no tenga que tratar directamente con la franquicia.

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