La venta online en franquicias y la exclusividad territorial

La venta online en franquicias y la exclusividad territorial
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El choque entre la exclusividad territorial y la venta online en franquicias es un tema recurrente en nuestro despacho. Llevamos varios meses recibiendo a una gran cantidad de franquiciados de distintas marcas, que nos plantean dos situaciones que perjudican directamente el resultado operativo de su negocio:

  1. El franquiciador les ha impuesto por contrato la prohibición de prestar los servicios objeto de franquicia vía online. Es decir, la franquicia les prohíbe la venta por Internet.
  2. Sorprendentemente, el franquiciador sí se ha reservado el derecho a poder vender su servicio a través de internet en todo el territorio nacional.

Si te ves reflejado en esta situación, ¡podemos ayudarte! A continuación, explicaremos qué provoca esta situación, si es legítima esta cláusula y qué puede hacer el franquiciado para protegerse de ella.

La venta online en franquicias y las consecuencias en el franquiciado:

El desarrollo de las nuevas tecnologías ha sido el origen del llamado e-commerce, un medio abierto y global que pone en contacto a gran cantidad de usuarios, facilitando volúmenes alucinantes de información de manera inmediata y con solo un clic. Pero no sólo es un medio donde encontrar a millones de usuarios o información. Uno de los motivos más importantes del éxito del e-commerce es el importante abaratamiento que supone de todos los costes de producción para aquellas empresas tradicionales que prestaban un servicio mediante local físico.

Todo esto es perfectamente conocido por el franquiciador, que lo ve como una oportunidad irrenunciable que ampliará considerablemente su facturación, despreocupándose por completo de las consecuencias en el franquiciado.

La venta online del franquiciador tiene un efecto perjudicial para el franquiciado que ve reducido su mercado objetivo. El franquiciador ofrece ventas directas a consumidores pertenecientes a su área de exclusividad territorial, «comiéndose» su cuota de mercado y, por lo tanto, reduciendo sus ingresos.

El problema no termina ahí. Como ya comentamos otra ocasión, tanto la fijación del precio máximo por parte del franquiciador como la recomendación de un precio de reventa determinado es admisible. Sin embargo, los precios de los productos que el franquiciador vende no se encuentran limitados por los acuerdos con los franquiciados. La venta online por parte del franquiciador ofrece mejores precios y condiciones que aquellas que puede ofrecer el franquiciado.

En definitiva, el franquiciador se reserva el derecho exclusivo de poder vender sus productos online en todo el territorio nacional, invadiendo el territorio de exclusividad del franquiciado.

¿Y la exclusividad territorial en el contrato de franquicia?

En ocasiones anteriores, hemos explicado la importancia que tiene el respeto a la zona de exclusividad del franquiciado y las consecuencias jurídicas que entraña su incumplimiento por parte del franquiciador. Es importante advertir que la venta pasiva (venta online) del franquiciador dentro de la zona de exclusividad del franquiciado, en determinados casos, no supone un incumplimiento de las normas de competencia. Sin embargo, si puede constituir un incumplimiento del contrato.

Todos aquellos que nos dedicamos exclusivamente a la defensa jurídica del franquiciado y que conocemos en profundidad la realidad de este país, sabemos que el “Core” de los franquiciadores no es crecer junto al franquiciado (PP. Win to WIN) como debería ser. El objetivo último real de la mayoría de los franquiciadores es obtener rentabilidad por varios canales:

  • Canon de entrada.
  • Royalty Mensual
  • Comisiones ocultas en aquellos servicios que, además, se imponen al franquiciado: Obras de adaptación del local, adquisición del 100% productos, sistemas informativos. etc.
  • El local nunca se cierra. Siempre debe estar en funcionamiento, sea con un franquiciado o con el siguiente.

Conclusiones como expertos en la defensa del franquiciado

Como abogados de franquiciados hemos estudiado en profundidad dicho conflicto y podemos concluir lo siguiente:

  • No respetar la zona de exclusividad del franquiciado es un incumplimiento esencial del contrato.
  • Imponer directa o indirectamente al franquiciado los precios de compra y los precios de venta al público supone una grave restricción a la libre competencia. Siendo posible obtener la nulidad del contrato por esta causa.
  • Imponer al franquiciado la obligación contractual de no poder realizar “ventas pasivas online” de sus productos, a través página web propia, supone una grave restricción por objeto a la libre competencia. Incurriendo en vicio nulidad por infracción DEL Art.101 TFUE, en relación con el reglamento de exención por categorías.

Éste es el panorama actual al que están sometidos miles de franquiciados. Por ello, trabajamos para poder dar una solución jurídica a una realidad muy común. En Peña Ochoa & Granados Abogados conocemos perfectamente cómo poner remedio al conflicto actual que sufren miles de franquiciados. Para más información, no lo dude, contacte con nosotros a través de nuestro formulario o llamando al 914317474.

 

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