Emprender con una franquicia es una idea recurrente en muchos profesionales. Desde el inicio de la crisis económica (2009), decidir ingresar en un sistema de franquicia ha parecido una decisión fiable y segura para toda aquella persona con instinto emprendedor.
El perfil de estos emprendedores suele ser de personas no profesionales en la actividad de franquicia donde deciden invertir, motivados por la aparente seguridad que propone un sistema de franquicia.
Suelen destinarse a esta inversión caudales obtenidos a través de indemnizaciones laborales, herencias o cantidades de dinero que han ido acumulando durante años de trabajo. No obstante, dependiendo del coste de entrada en la franquicia, también es habitual acudir a financiación ajena.
Quien se decide a emprender con una franquicia, suele ser por dos motivos claros:
- Tener un negocio propio sin contar con experiencia previa en el sector.
- Reducir el riesgo, pues el negocio debe ser rentable ya que es el franquiciador quien, con motivo de su exitosa experiencia, te enseñará a que puedas replicar el modelo de negocio y te asistirá en su explotación.
Índice
Emprender con una franquicia: Fase previa a la contratación
Una vez que el emprendedor, persona física, consigue identificar la actividad que quiere desarrollar (restauración, servicios, retail, etc…), se pone en contacto con la marca. En particular, se suele tratar con el “Departamento de Expansión”.
El perfil de quien atiende la solicitud del franquiciado, cómo no, suele ser un comercial encaminado a despertar o reforzar el interés por la marca. Digo “reforzar” porque, en la mayoría de los casos, el cliente emprendedor ha realizado una labor de investigación previa superficial. Por tanto, en el momento del inicio del contacto y una vez leída toda la publicidad que la marca tiene colgada en internet, la decisión suele estar tomada. El futuro franquiciador se mueve por la ilusión de emprender.
Debes tener en cuenta que lo que aparece en internet no siempre es la realidad y que las marcas se esfuerzan en mantener una buena reputación en la red. Pero “no es oro todo lo que reluce”.
Tras la conversación con el departamento comercial, el interlocutor de la marca te suele reenviar un email con un «Dossier de Información». En él se pueden encontrar expresiones tales como:
“… nuestra marca se convierte en una de las opciones más sólidas y exitosas.”, “con más de X locales que se reparten en toda la geografía nacional e internacional.”
“La clave de capacidad de adaptación de… reside en haber fijado un concepto que funciona, sencillo, y fácil de entender, que es capaz de adaptarse a cualquier requerimiento.»
“Desde que un posible franquiciado se pone en contacto con nosotros, en… nos esforzamos por acompañarle a la hora de los primeros pasos en un sector que, incluso, puede serles desconocido. Así, en todas las fases del estudio y ejecución de un nuevo local, los primeros candidatos, y luego franquiciados, reciben un constante apoyo e involucración por parte de nuestros distintos departamentos, con el fin de solventar cualquier tipo de dificultad que pueda surgir y de ayudarles a obtener lo más rápidamente posible el retorno de su inversión…”
“Es por eso por lo que hemos puesto en marcha un modelo transparente en el que el posible inversor adquiere uno de nuestros locales propios, ya en funcionamiento y a pleno rendimiento, y del que le facilitamos toda la información sobre la rentabilidad, costes, gestión, etc. Es decir, no hablamos de proyecciones ni de provisiones, sino de una realidad en marcha que se encuentra ya en la senda de la rentabilidad y se convierte, así, en el mejor escenario posible de inversión, con un riesgo mínimo»
“…le acompañamos en todo el proceso para evaluar la viabilidad, hallar un local, montarlo, formar al personal y establecer la gestión del negocio.”
Reserva de tu derecho a ingresar en la franquicia
Recibido el mensaje publicitario, el franquiciador suele solicitar el pago de un canon de entrada con la intención, según nuestra experiencia, de “reservarte tu derecho a ingresar en la marca”. Ya en ese momento el emprendedor ha puesto a disposición del franquiciador una cantidad de dinero importante. Quien se decide a emprender con una franquicia, debe saber que dicha inversión no la recuperará en caso de no querer continuar con la contratación.
Fase de firma del Contrato
De todas las manifestaciones previas que constan en los preámbulos de todos los contratos de franquicia, resaltamos una en particular, común en todos los contratos:
“El franquiciado reconoce y acepta el riesgo de convertirse en un empresario independiente y por cuenta propia mediante la explotación de un negocio…”
Fase de vigencia del Contrato
Una vez el emprendedor ha desembolsado una importante cantidad de dinero, cuando ya ha empezado a desarrollar la actividad, se da cuenta de las siguientes circunstancias:
- El franquiciado tiene que comprar los productos que necesita para desarrollar la actividad al proveedor que determina el franquiciador.
- El franquiciado compra al proveedor y vende al público al precio que le impone el franquiciador. Pese a que en el contrato se dice que “son precios recomendados”. No es cierto.
- El franquiciado no puede elegir los precios de su carta. Los establece el franquiciador.
- El franquiciado no puede decidir qué campañas publicitarias puede hacer en su local. Lo decide el franquiciador y los gastos corren a cuenta del franquiciado.
- El franquiciado no puede decidir qué oferta realizar a sus clientes. Lo decide el franquiciador.
- El franquiciado no puede realizar ningún tipo de modificación estética en el local. Lo decide el franquiciador.
- El empresario no puede establecer la cantidad de mercancía que su local necesita para abastecerse. Lo decide el franquiciador.
Los costes que más influencia tienen en la explotación del negocio son controlados por el franquiciador. Dejando al franquiciado sin ningún margen de maniobra que pueda adecuarse a las características propias de su local.
Además, el incumplimiento de cualquiera de estos aspectos, es decir, si el franquiciado se desvía de las imposiciones del franquiciador; lleva acarreado la amenaza de resolución del contrato, y el riesgo a la imposición de unas penalizaciones salvajes (Ej.: 300 € diario; 300.000 €; 150.000 €).
En el momento en que el emprendedor franquiciado pide ayuda al franquiciador o, en otros casos y tras arrastrar perdidas continuadas desde el principio, le reclama esa “promesa de rentabilidad”. La contestación suele ser remitirle a la manifestación realizada en el momento de la firma del contrato:
“El franquiciado reconoce y acepta el riesgo de convertirse en un empresario independiente y por cuenta propia…”
Por lo tanto, ¿El franquiciado es realmente dueño de su negocio? ¿Es realmente un empresario independiente?
En nuestra opinión y basándonos en nuestra experiencia:
- En la frase previa a la contratación, el franquiciado sí cree ser dueño del negocio. Sí cree convertirse en un emprendedor independiente.
- Durante la vigencia del contrato, el franquiciado se da cuenta de las limitaciones en la gestión del negocio. No es un empresario independiente pues no tiene ninguna capacidad de decisión en su negocio.
- Cuando el contrato termina mal, el franquiciador declina la responsabilidad en el franquiciado porque: no ha trabajado lo suficiente; no ha hecho caso al franquiciador; no ha cumplido con sus obligaciones; o no ha seguido el KnowHow de la marca, etc…
Conclusión de emprender con una franquicia:
El emprendedor nunca es dueño de su negocio. Es cautivo de la marca franquiciadora.
La verdadera naturaleza del Contrato de franquicia debería regirse por el principio “wintowin”, “ganamos todos”. De forma que franquiciado y franquiciador colaboren para obtener rentabilidad.
No obstante, la realidad es que el franquiciado solo es un empresario independiente a la hora de asumir los riesgos de la explotación.
Autor:
Ricardo Peña Granados
Abogado de franquicias
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Licenciado en Derecho por la Universidad San Pablo CEU de Madrid y Máster en Asesoría Jurídica de Empresas (LL.M.) en el I.E. Business School en el año 2009. Especializado en asistencia jurídica al franquiciado y en ciberderecho.
Número de colegiado: 86065