[Uno de los contratos de colaboración empresarial que deben conocer las empresas es el contrato de distribución. Se trata de un documento muy importante, en el que debe quedar retratada la relación comercial existente entre dos partes. De esta forma, el distribuidor es la parte encargada de comprar y distribuir los productos de la parte principal en su zona geográfica.
Hay que tener en cuenta, que, en función del tipo de producto y sus características, así como el uso que se le va a dar o el tipo de mercado en el que se va a vender, entre otros factores clave, pueden hacer que el contrato de distribución cambie. Por eso, es necesario conocer qué tipo de contrato encaja mejor para cada caso y consultar con un abogado de contratos.
Tipos de contratos de distribución
- Distribución en exclusiva: es el más habitual en las empresas cuando hay contratos de distribución internacionales en los que no se permite al distribuidor vender los productos de los competidores.
- Distribución selectiva: el distribuidor puede vender los productos de la competencia. Cuenta con cláusulas relacionadas con las ventas mínimas, entre otras cosas, para poder continuar con la relación comercial, por ejemplo.
- Distribución intensiva: aquí se busca tener el mayor número de distribuidores y puntos de venta.
Características de los contratos de distribución
Normalmente, los contratos de colaboración empresarial de este tipo, deben incluir algunos puntos básicos:
- Delimitar qué productos se van a distribuir.
- Añadir la exclusividad del territorio si es aplicable.
- Precio de los productos y actualizaciones.
- Mínimo de compras y ventas necesarias para continuar con la relación comercial.
Es importante saber, que ante un contrato de estas características, cada una de las partes puede establecer las condiciones que considere, siempre que quede plasmado luego en el documento.
Con el fin de evitar posibles problemas en el futuro, lo mejor para las empresas es contar con un abogado de contratos como los expertos de Peña Ochoa & Granados. Escuchamos tu caso, analizamos, redactamos y contemplamos todas y cada una de las diferentes situaciones que pueden llegar a darse tanto durante la firma, como durante la vigencia de tu contrato de distribución.
Incorporado al Ilustre Colegio de Abogados de Madrid desde el año 1974, con dedicación al Derecho Mercantil y Comercial. También ha sido nombrado en repetidas ocasiones como Árbitro de la Corte Arbitral del Colegio de Abogados de Madrid.
Ha asistido como responsable jurídico a la constitución, venta, fusión y absorción de empresas en cualquiera de sus modalidades, con especial dedicación a la reestructuración en crisis de la empresa en sus fases de insolvencia, dirigiendo procedimientos concursales o por liquidación ordenada de la sociedad insolvente.
Número de colegiado: 12962.